Frente al largo brazo de la impunidad

Frente al largo brazo de la impunidad
julio 30, 2020 Linda Loaiza
impunidad justicia

Desde el momento en que logré ser rescatada en 2001, lo único que he buscado es justicia.

Entre las acciones para que el sistema de justicia cumpliera con su obligación de esclarecer los hechos y aplicar todo el peso de la ley contra Luís Antonio Carrera Almoina, quien en 2001 me privó ilegítimamente de libertad, violó y torturó durante casi 4 meses, se encuentra la nefasta actuación del primer Juez que conoció de la causa: Ángel Wladimir Zerpa Aponte.

Aquí una apretada síntesis:

1.- Permitió que mi padre y mi madre no pudieran verme en el hospital donde fui llevada casi moribunda y cuando él mismo me realizó una inspección ocular, tampoco los dejó ingresar.

2.-. Desvió el curso de lo que debía ser la investigación. De víctima, quiso convertirme en victimaria asumiendo la supuesta inocencia de Luís Antonio Carrera Almoina, quien decía que yo llegaba herida y él solo me ayudaba. Zerpa, ordenó allanar el apartamento donde yo vivía antes de ser privada ilegítimamente de mi libertad y pidió que se practicara la prueba de LUMINOL en ese inmueble, a fin de buscar supuestos rastros de mi sangre en las paredes de la que había sido mi residencia.

3.- Capaya Rodríguez, Fiscal del Ministerio Público 33 del Área Metropolitana de Caracas, dejó pasar el lapso para dictar el acto conclusivo, siendo este EL ESCRITO DE ACUSACIÓN en contra de Luis Antonio Carrera Almoina. Cuando esto ocurrió, Ángel Zerpa DEBIÓ mantener la Medida Cautelar Privativa Preventiva de Libertad del agresor y ordenar la apertura inmediata de un procedimiento administrativo y penal a la Fiscal Capaya Rodríguez. Sin embargo, la decisión que tomó fue la de otorgar al agresor una medida de COERCIÓN PERSONAL, en la modalidad de CAUTELAR SUSTITUTIVA (CASA POR CÁRCEL). ¿Será por eso que la DEM lo suspendió por 60 días?

Las distintas irregularidades y sus consecuencias, cometidas por quienes tuvieron accionar en mi caso, incluidas evidentemente las de Ángel Wladimir Zerpa Aponte, permitieron que al agresor Luis Antonio Carrera Almoina, se le dictara la pírrica sentencia de solo 6 años y 1 mes de cárcel y no se le sentenciara por la atroz violencia sexual, ni por homicidio calificado en grado de frustración, ni por la tortura que perpetró en mi contra.

La sentencia de la CorteIDH del 2018 en sus, párrafos 285 y 286 “…sanciona las eventuales responsabilidades de los funcionarios que no investigaron desde un primer momento lo sucedido a Linda Loaiza López Soto, como así también de aquellos responsables por las irregularidades y las dilaciones injustificadas durante la investigación y sustanciación de los procesos judiciales llevados a cabo en el ámbito interno”.

La sentencia de la CorteIDH, es una deuda del Estado venezolano cuyo total cumplimiento SEGUIRÉ EXIGIENDO.

Las violaciones a DDHH no prescriben, pero el gran monstruo de la impunidad aun me persigue.

Una vez más agradezco a quienes a diario hacen memoria, pues #RecordarEsDefender.

Las opiniones expresadas de los columnistas en los artículos son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan los puntos de vista de Feminismoinc o de la editora.

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