Venezuela pionera en categorizar la Violencia Obstétrica: El por qué y el cómo. (Parte I) 

Venezuela pionera en categorizar la Violencia Obstétrica: El por qué y el cómo. (Parte I) 
febrero 17, 2025 Marbella Camacaro Cuevas
violencia obstétrica

Los triunfos en materia de derechos humanos que hemos conquistado las mujeres en el transcurso de la historia son de poca data si los comparamos con los logros narrados por la historia oficial dominante, los cuales, obviamente, son a la justa medida de lo masculino. A mediados de la década de los 80 los movimientos de mujeres dieron fuerza a la crítica patriarcal del paradigma hegemónico de los derechos humanos.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DDHH) es adoptada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) en 1948, como respuesta a los horrores cometidos contra la humanidad en la segunda guerra mundial. En dicha declaración las mujeres quedaron excluidas, porque centró su mirada en las necesidades e intereses de los hombres en tanto que seres paradigmáticos de la humanidad o las necesidades e intereses que ellos creen tienen las mujeres, en tanto que seres no autónomos. Visibilizar el sesgo androcéntrico de la Declaración permitió reconocer que las necesidades e intereses como la contracepción, el aborto, el parto, la esterilización, etc., son temas de derechos humanos porque tienen que ver directamente con la vida y cuerpo de los seres humanos del sexo femenino.

En la década de los años 90 se firmaron convenios internacionales en materia de derechos de las mujeres. Siendo los que dieron más impulso a la protección y promoción de los derechos relacionados con la salud sexual y reproductiva los firmados en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo de Naciones Unidas (1994) realizada en el Cairo, y en la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en Beijing (1995). Estas dos conferencias condujeron al reconocimiento de la protección de la salud sexual y reproductiva de las mujeres como un asunto de justicia social.

Lo antepuesto es una somera mención acerca del corto tiempo histórico del reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres (DSDR). Su acotación es obligatoria porque es la historia grande necesaria para historiar la historia pequeña, la no contada, en consecuencia, no conocida por las mayorías, relativa a la categorización de la violencia obstétrica, debate en ciernes enmarcado en DSDR de las mujeres.

En el 2007 Venezuela fue el primer país del mundo que categorizó la violencia obstétrica (VO) incorporándola en su legislación en materia de derechos humanos de las mujeres, específicamente en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde la violencia obstétrica es tipificada como un tipo de violencia contra las mujeres. (Capitulo III, art. 15; literal 13)

¿Cuáles fueron algunas de las circunstancias históricas coincidentes para materializar un triunfo feminista que puso en el tapete público la deslegitimación de prácticas obstétricas intrusivas del proceso de parir/nacer de las mujeres, incuestionables durante más siglos de los creíbles?

Esas circunstancias coincidentes vienen a ser lo que denomino la historia pequeña, la cual intentaré historiar para dejar constancia de hechos que fueron entretejiendo una posibilidad impensada, enfrentar uno de los poderes más legitimados socialmente: el poder médico, específicamente el de la disciplina obstétrica, cuya praxis irrumpe los procesos sexuales y reproductivos que son exclusividad del territorio corporal, psíquico y emocional de las mujeres.

Es harto difícil historiar cualquier proceso social porque en la ocurrencia de los hechos juegan múltiples variables, muchas de ellas son azarosas. Pero podríamos decir que dos hechos que marcaron el camino que posibilitó la categorización del término VO en sinergia con la incorporación del mismo en la citada Ley fueron:

  1. Comenzamos el desarrollo de una línea de investigación basada en la recolección de testimonios de lo vivido/sentido por las parturientas durante la atención del trabajo de parto, parto/nacimiento y puerperio en los hospitales públicos de Aragua. (Unidad de investigación de Género/FCS/UC)
  2. Se creó como experiencia piloto la Sala de parto de Turmero, por primera vez en Venezuela una institución pública de salud brindaba atención de parto respetado, es decir, una atención en ruptura con el paradigma obstétrico oficial. (CORPOSALUD, IMA).

Estos dos sucesos fraguaron la publicación de un libro de mi autoría titulado “La Experiencia del parto: Proceso de la mujer o acto médico” (2000), publicado por Consejo de desarrollo científico y humanístico de la Universidad de Carabobo. Venezuela. Dicho libro fue la primera publicación en América Latina de una investigación con una matriz de análisis comparativo entre las experiencias de las parturientas atendidas bajo el paradigma obstétrico oficial en hospitales públicos y las experiencias de parturientas atendidas con el modelo de atención de parto respetado en la Sala de parto de Turmero del estado Aragua. Este libro jugó un papel emblemático en la categorización de la VO.

En la parte II de este artículo desarrollaré las razones coherentes y las azarosas que se confabularon para materializar la conceptualización de la VO en Venezuela.                                                                                                                                                                                                                               

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