La presunción de inocencia es un derecho fundamental amparado en la Constitución, y es la base del derecho penal. Es aquello que hemos escuchado muchas veces: «todo acusado es inocente hasta que se demuestre lo contrario». El objetivo de este derecho no es otro que evitar condenar a un inocente. A quien corresponde presentar las pruebas en contra del acusado es a quien presenta la denuncia (tiene la carga de la prueba). Esto evita, por ejemplo, que una persona inocente sea acusada de asesinato y condenada a prisión, si no puede demostrar que es inocente.
Sin embargo, muchas feministas se cuestionan la presunción de inocencia de los hombres en casos de violencia contra la mujer. Alegan que tanto las agresiones físicas como sexuales ocurren en la intimidad, sin testigos y en muchos casos sin pruebas, por lo que resulta muy difícil o muchas veces imposible para la víctima probar que ha habido una agresión. Muchas mujeres denuncian y la justicia no les cree, ya que se antepone la presunción de inocencia del hombre a la palabra de la mujer.
De hecho, en España hay cada vez más asociaciones feministas que exigen que la inversión de la carga de la prueba a los hombres en casos de violencia física o sexual contra la mujer. Incluso lo exigen asociaciones de mujeres juristas como Themis, o hasta partidos políticos como el Partido Feminista de España.
A través de una ardua lucha de muchos años el movimiento feminista en España ya ha conseguido que se aprueben dos leyes penales en este sentido: la Ley Integral de Violencia de Género, aprobada en 2004, y la Ley de Solo Sí es Sí (2022). La primera protege y garantiza los derechos de las mujeres que sufren violencia de género, obteniendo la custodia de los hijos si están en proceso de divorcio, además de otras múltiples ventajas y ayudas, una vez presentan una denuncia. o invierte la carga de la prueba, pero la mujer obtiene todos los beneficios contemplados en la ley hasta que haya sentencia, que suele tardar varios años. La de Solo Sí es Sí ha puesto el consentimiento de la mujer en el centro de los procesos de denuncia de agresión sexual o violación; toda relación sexual sin el consentimiento expreso de la mujer es considerada agresión sexual.
Por supuesto que ambas leyes fueron muy criticadas, y no son pocos quienes las consideraban y continúan considerando inconstitucionales, ya que ambas tienen afectación sobre la presunción de inocencia de los hombres. Si ambas leyes se han aprobado es gracias a la voluntad de millones de mujeres de todas las edades que salieron y salen a las calles en espectaculares manifestaciones feministas para exigir su aprobación, no permitiendo otra opción al Congreso de los Diputados que aprobarlas. Asimismo, muchos hombres ven como sus esposas, hijas, hermanas, madres, amigas, se suman a las manifestaciones, por lo que tampoco les han dejado otra opción que aceptar ambas leyes a regañadientes.
Hay que señalar que la ley de Solo Sí es Sí, aprobada en 2022, sí exige una inversión de la carga de la prueba, ya que de hecho, son los hombres quienes tienen que demostrar que la mujer consintió, y no la mujer quien tiene que demostrar que se resistió. Por tanto, si el testimonio de la víctima es congruente es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado. Este cambio de paradigma feminista otorga toda la ventaja jurídica a la mujer en un juicio. Ante falta de pruebas periféricas, si el hombre no puede probar que la mujer consintió, lo cual es sumamente difícil, se aceptará el testimonio de la víctima y el hombre será condenado.
La aprobación de ley ha generado una fuerte oleada de antifeminismo en muchos hombres, que se sienten resentidos ya que consideran vulnerados sus derechos constitucionales por esta ley, y que además ha sido redactada por las feministas con la negativa a aceptar ninguna protesta ni critica para modificar su ley; decidieron sacarla adelante y la aprobaron.
Precisamente en febrero del 2024 Dani Alves, ex futbolista del Futbol Club Barcelona, ha sido condenado por violación a una joven de 23 años en el baño de una discoteca de Barcelona. La versión de la víctima es que ella accedió a tener relaciones sexuales con Dani Alves en el baño de la discoteca, pero una vez dentro no quiso continuar, y por tanto no dio su consentimiento. La versión de Alves es que las relaciones fueron consentidas.
Con la nueva Ley de Solo Sí es Sí le correspondió a Dani Alves demostrar que la mujer consintió, mientras la mujer quedo exenta de demostrar que se resistió, de hecho Dani Alves ha sido condenado principalmente por la versión de la víctima. Esa fue precisamente una de las premisas de la impulsora de la Ley, la ex ministra Irene Montero, quien siempre dejó muy claro que la ley estaba diseñada para que las mujeres fuesen creídas, y no se les hiciesen interrogatorios en el juicio preguntándoles si llevaban minifalda, o si esta era de cuero o demasiado corta.
Evidentemente esto puede significar un verdadero infierno jurídico para un hombre ante una denuncia falsa de agresión sexual. En este sentido las feministas han argumentado sólidamente que las denuncias falsas son tan solo el 0,01% del total de las denuncias. Por lo tanto, con la nueva ley de Solo Sí es Sí se protege a 990 mujeres por cada 1.000 denuncias, mientras que muy pocos hombres podrían verse afectados, de hecho solo 10.
La Ley española de Solo Sí es Sí ha servido de inspiración a la abogada y guionista australiana Suzie Miller, para escribir una obra de teatro titulada Prima Facie, que ha tenido un éxito total en varios países. La obra es un monólogo que trata sobre una brillante y exitosa abogada que se dedica a la defensa de hombres acusados de agresión sexual, consiguiendo que la mayoría sean absueltos, jactándose de como utiliza hábilmente las herramientas jurídicas para conseguirlo. Hasta que un día es ella quien tiene relaciones sexuales no consentidas con un conocido, y en el momento de presentar la denuncia se da cuenta de las enormes dificultades por las que pasan las mujeres víctimas de agresiones sexuales: se da cuenta de que no se le cree, es ella quien tiene la carga de la prueba y su agresor disfruta de presunción de inocencia.
A través de esta brillante obra, la autora propone un cambio del sistema judicial para que se invierta la carga de la prueba a los hombres acusados de agresión sexual, y tengan presunción de culpabilidad, de manera que cuando una mujer les denuncie por agresión sexual, sean los hombres quienes tengan que demostrar que son inocentes, dando presunción de veracidad a la mujer.
El argumento y el guion de la obra lo plantea de una forma muy inteligente que consigue que el público reflexione y cuestione el sistema judicial patriarcal. Logra que muchos hombres empaticen con las mujeres víctimas y acaben de pie aplaudiendo al final de la obra.
En España la representa la actriz Vicky Luengo, y está siendo todo un éxito, con las entradas agotadas. La actriz explica como muchos hombres se le acercan a felicitarla al final de la obra, reconociendo convencidos que deben ser las mujeres quienes tengan presunción de veracidad y no los hombres presunción de inocencia en este tipo de denuncias. Explica emocionada como hombres machistas que resoplan incómodos en sus butacas con caras de incredulidad, acaban también aplaudiendo y felicitándola.
El éxito de la obra Prima Facie, cada vez representada en más países, y el éxito de la Ley de Solo Sí es Sí en España, hacen probable un escenario en el cual leyes parecidas se vayan aprobando en otros países. El camino no será fácil, pero el auge del movimiento feminista respaldado de millones de mujeres en las manifestaciones, hará que sea difícil justificar la no aprobación de una ley que es la voluntad de las mujeres.
Newer
Diana Merchán: Lograr que las mujeres participemos en política implica crear espacios seguros
Older
¡No son las mujeres las que son frágiles, son sus Derechos!
Comment (1)
-
Hay, por lo menos, dos problemas en torno a la señal de justicia que asume esta posición. El primero es que la inocencia y la culpabilidad forman parte, judicialmente, de un argumento estadístico, no tienen implicación sobre vidas individuales que, según esta postura, son parte de un «sacrificio» razonable para proteger una injusticia mayor, el grupo de mujeres no creídas que decían la verdad. Además, este primer problema supone igualar la condición de víctima inocente que no recibe adecuada justicia, con la condición de persona inocente que es condenada injustamente, no son las mismas injusticias.
Si el análisis estadístico es la base para romper la igualdad de derechos ante la ley implícitos en la presunción de inocencia, entonces habrá que comenzar a considerar que tasa de intercambio probabilístico da lugar a justificaciones semejantes. Ésta es 99,9% vs 0,01% (supuestamente, habría que revisar la calidad de esa data de falsos positivos, pero asumamos que es así, no cambia este argumento) y me pregunto ¿Cuál sería el límite justo ahora? ¿Si fuera 99,0% vs 1%, fuera distinto? Sería un falso positivo 10 veces mayor, pero quizá a muchas personas que apoyen el solo sí es sí les parezca aún razonable ¿Y 90% vs 10%? ¿Cuál es el límite de la injusticia alternativa como solución a la injusticia que quiero corregir? Esto nos lleva, además, al segundo problema de este argumento.
El segundo problema de esta postura es que desconoce el efecto «incentivo» implícito en cualquier ley con carga penal. En los casos de acusados con recursos económicos disponibles y siendo que la mayoría de estas demandas terminan en acuerdos extrajudiciales, se estimula la estafa de acceder a estos acuerdos y sus indemnizaciones para cualquiera que buscase una relación ocasional con este tipo de hombres y lo consiguiese, siendo además habitual que estos hombres sientan la publicidad del juicio tan agresiva y destructora para su perfil social y emocional como la podría sentir la mujer que es cuestionada sobre su vida sexual y su capacidad para negarse a una violación. También para quien, por simple venganza personal, por ejemplo, desee hacer daño a la otra persona, su marido, su amante, quien sea. Es decir, solo hay un 0.01% de falsas denuncias en un contexto legal tan adverso como el que se describe en la mayoría actual de los contextos judiciales, pero podría ser diferente con este tipo de lecturas.
Es muy difícil regular un acto sexual. Aunque le asignamos implicaciones culturales con cargas de amor romántico y provisión mutua de satisfacción y cariño, lo cierto es que, de manera natural y cultural da pie a cargas variables de muchos otros elementos, algunos más violentos que otros, todos susceptibles de interpretaciones psiquiátricas, morales y jurídicas.
Avanzar en el feminismo supone trabajar hacia entornos culturales en los que la violencia física no tenga matices sexuales y, seguramente, que cambie, en general, nuestro comportamiento social violento. Pero esa base sustentadora del derecho a la que se refiere este artículo tiene implicaciones mil en otros ámbitos: así, podríamos añadir el criterio de que, en los robos de autos, invirtamos la carga de la prueba sobre los tres grupos de nacionalidades más comunes de los infractores (añadiendo coyunturalmente a otros, por ejemplo, los rusos de estos días, que están atacando Europa), en definitiva, la presunción de inocencia solo aplica cuando las personas afectadas no formen parte de un colectivo que causa proporcionalmente más daños, en ese caso hay que revisar los números primero.
Habrá que seguir pensando en cómo mejorar la ley (y los protocolos judiciales) para proteger a la ciudadanía sin afectar las bases sustantivas de nuestra capacidad civilizatoria, porque, en este caso, son las mismas bases que han permitido que las reformas feministas existan y se conviertan, además de leyes, en bases articuladoras de lo que somos como sociedad.
Saludos.