¿Qué son las medidas de acción positivas a favor de las mujeres?

¿Qué son las medidas de acción positivas a favor de las mujeres?
abril 22, 2026 Ana Mary Risso

Respecto al tema de Derechos de las Mujeres es importante aclarar términos que son utilizados perversamente para atacar al feminismo y poner obstáculos a la demanda de derechos e igualdad de oportunidades para las mujeres y las niñas.

Términos como igualdad y equidad se utilizan indistintamente como si fueran lo mismo y no lo son. Aunque obviamente están íntimamente vinculadas, la igualdad es el derecho que todas las personas tienen a los mismos derechos y oportunidades simplemente por su condición de seres humanos ahora, ¿Cómo se logra la igualdad? Como dice Amelia Valcárcel, la igualdad como la justicia no son actos “naturales” deben ser impuestos a través de las leyes para que puedan ocurrir, aquí entra en escena el concepto de equidad que significa “dar a cada quien según su necesidad”. Significa que no es justo darle a todo el mundo lo mismo, sino que para que haya justicia debe darse a cada quien según lo que requiere para poder disfrutar de los mismos derechos y oportunidades que disfrutan los demás, y quien se encarga fundamentalmente de garantizar ese derecho y de proveerlo es el Estado.

¿Has visto la imagen de tres personas viendo un juego (se supone) a través de una cerca para explicar la diferencia entre igualdad y equidad, donde cada uno está parado sobre una caja y otra imagen donde el más alto no tiene caja alguna, el del medio tiene una caja y el más pequeño dos? ¡De eso se trata!

De forma incorrecta y en mi criterio muy mal intencionada, en algunas instancias utilizan la expresión “discriminación positiva” que tiene una connotación negativa que infunde de entrada rechazo en quien la escucha y, sobre todo, si además es una persona no habituada a manejar estos términos en su quehacer laboral.

Discriminación implica “quitar algo, dejar a alguien sin aquello a lo que tiene derecho” en cambio la expresión “medidas de acción positiva” precisamente expresa lo contrario, significa incluir algo necesario para ayudar a alguien que está en desventaja. El lenguaje no es inocente… ¡Las diferencias importan! Porque las mujeres y sobre todo las activistas y defensoras de derechos debemos entender que estamos solas pataleando frente a una multitud de ambos sexos que rechazan nuestras demandas y que hacen todo lo posible por sabotear y ponernos piedras en el camino, por eso debemos ser impecables y cuidadosas en nuestro lenguaje para poder incidir, proteger y avanzar en cambios a favor de todas las mujeres.

Dicho esto, pasemos a otro aspecto del tema: ¿Por qué los sistemas de Seguridad Social de los países establecen una edad diferente para conceder la pensión de vejez a las mujeres? Recientemente se han registrado protestas por la pésima situación laboral y salarial en Venezuela y la paupérrima situación que aflige al grupo más vulnerable de esa población que son las personas de tercera edad, por un comentario infeliz en relación con “el número de pensionados supera con creces a la masa que cotiza y que en consecuencia se requiere de 38 millones de trabajadores (que por supuesto no hay en Venezuela) para pagar esas pensiones”.

No tardaron en saltar los que desde la más crasa ignorancia comenzaron a culpar a las mujeres de “oportunistas” porque la Ley de Seguridad Social vigente les reconoce el derecho a pensión a partir de los 55 años de edad y no a los 60 años como es el caso de los hombres, que “si ellas viven reclamando igualdad entonces la salsa que se usa para el pavo sirve para la pava” exigiendo que se iguale el requisito de edad para ambos sexos.

El comentario infeliz en medio de un mensaje a la nación obtuvo como resultado la natural siembra de cizaña (imponiendo una matriz de opinión útil para el futuro) porque plantea un problema importante desde la perspectiva más equivocada. El problema no es el sistema de pensiones ni las personas que actualmente gozan de un beneficio de ley ganado a través de los aportes al IVSS en su historia laboral (pensiones contributivas). Que existan corruptos y oportunistas no significa que haya que acabar con las pensiones, lo necesario es depurar la data, distinguir entre tipos de pensiones (vejez, incapacidad y sobrevivientes) separando las del Instituto Nacional de Geriatría (Antiguo INAGER hoy INASS) donde corresponden las pensiones no contributivas llamadas “Amor Mayor”.

Quienes sentenciaron contra las mujeres desde su alto trono de misoginia y machismo ¡qué raro, eran hombres! no se molestan en indagar el motivo de la diferencia de edad entre hombres y mujeres de los requisitos establecidos para la pensión de vejez. La Ley del Seguro Social es del 22 de junio de 1966, una época bastante conservadora en cuanto a derechos de las mujeres (era muy incipiente las medidas artificiales de control de natalidad como la píldora), el maestro Luis Beltrán Prieto Figueroa era Presidente del Congreso y Raúl Leoni era el Presidente de la República (que no pueden ser acusados de “feministas”). ¿Por qué razón esos señores consideraron necesario establecer una diferencia a favor de las mujeres? Tengan la seguridad que eso no fue por simple caballería. Me encantaría leer el libro de debates del Congreso de 1966 para conocer el espíritu del legislador, debe ser muy interesante conocer cuáles fueron los argumentos concretos a favor de esta distinción en Venezuela, porque los en contra ya los conocemos…

La diferencia de edad en los requisitos de pensión de vejez a favor de las mujeres ocurre por las diferencias estructurales de tipo sexista, que afectan significativamente la incorporación de las mujeres al trabajo remunerado fuera del hogar, manteniendo incólume las responsabilidades de organización y ejecución de las tareas domésticas y de cuidado dentro de la familia. Estas condiciones limitan e interrumpen la trayectoria laboral de las mujeres con las consecuencias económicas y perjuicios que de ellas se derivan.

  • El mercado de trabajo históricamente ha privilegiado el empleo masculino.
  • Brecha salarial en contra de las mujeres y pobreza femenina.
  • Interrupción de la trayectoria laboral por maternidad, cuidados de enfermos crónicos o ancianos.
  • Subordinación del desarrollo profesional y laboral a las responsabilidades familiares y maternas.
  • Ante la ausencia de servicios públicos que contribuyan con la conciliación laboral de las mujeres, éstas deben delegar en servicios contratados que usualmente pagan a sus expensas, transporte escolar, guardería, tareas dirigidas, personal de ayuda doméstica, etc.

Si se es intelectualmente honesto, no se puede negar que estas situaciones afectan principalmente (por no decir exclusivamente) a las mujeres y a los hombres muy excepcionalmente, cuando no tienen mujeres de la familia en quien delegar sus responsabilidades domésticas y de cuidado, es decir, la Doble Jornada Laboral (¡si! en mayúsculas, porque es toooda una institución que amerita un artículo para ella solita). Es eminentemente femenina, que haya algunas excepciones, estas solo confirman la regla. Parece mentira que aún haya que aclarar este aspecto para amansar a los tirapiedras de ambos sexos que reclaman a las feministas… en fin!

Además de que las mujeres tienen los sueldos más bajos y los empleos peor remunerados (hasta la OIT y el BM lo dicen, y no son precisamente “feministas”) ellas son las que suelen emplearse en trabajos de medio tiempo para conciliar con sus actividades domésticas y de cuidado, su trayectoria es interrumpida varias veces a lo largo de su vida laboral debido a la maternidad.

Muchas mujeres suspenden su vida laboral durante los primeros años de vida de sus hijas/os (1 a 2 años incluso más) hasta que puedan delegar con seguridad el cuidado de sus hijas/os en una guardería, un familiar (casi siempre abuelas que no trabajan fuera del hogar o ya están jubiladas) o contratando a una cuidadora en su propio hogar (las que tienen capacidad económica). Estas salidas del mercado de trabajo inciden directamente en la capacidad financiera de las mujeres y afectan su posibilidad de tener ahorros para el retiro en la vejez, lo que las obliga a vivir “al día” ¡Por eso la pobreza tiene cara de mujer!

La gente trabaja durante toda su vida no solo para cubrir necesidades básicas inmediatas sino también para aprovisionar para la ancianidad y poder tener una vejez digna, para garantizar ese derecho (y también por conveniencia de los Estados, porque un segmento de su población incapaz de trabajar por la edad y natural senectud que caiga en la indigencia representa un alto costo no solo político sino económico para la salud pública), por esto se inventaron los mal comprendidos sistemas de Bienestar Social, para garantizar ese derecho después de toda una vida de trabajo como lo que debe ser la calidad de vida en una sociedad civilizada con igualdad, equidad y justicia.

Por esta razón existen las medidas de acción positiva a favor de las mujeres como en este caso, también existen medidas de acción positivas a favor de la infancia, de los discapacitados y por cualquier otro motivo que en situaciones concretas constituyen desventajas frente a la mayoría. En el caso de la diferencia de edad entre hombres y mujeres en los requisitos para la pensión de vejez tienen su fundamento en el reconocimiento de las diferencias y desigualdades que existen entre los sexos en el mercado de trabajo, buscan reconocer e indemnizar esas desigualdades e inequidades como por ejemplo, la carga de trabajo no remunerado doméstico y de cuidado (la doble jornada laboral) que aún recae tradicionalmente sobre las mujeres y porque siguen siendo las vulnerables y débiles económicas en la sociedad por todo lo anteriormente expuesto.

Algunos países han equiparado la edad de retiro de hombres y mujeres, sobre todo países de Europa del Norte (Dinamarca, Noruega, Suecia y otros vecinos). Es necesario precisar que esto ciertamente ocurre en países desarrollados que han implementado políticas públicas de igualdad exitosas y tienen un Estado de Bienestar porque han alcanzado un nivel alto de desarrollo social y económico (aunque ahora andan de cabeza por haber aceptado la invasión musulmana, pero eso es ya otra cosa!).

Venezuela continúa a años luz de ese nivel de desarrollo social y económico, así que hablar de igualar la edad de retiro en Venezuela no es justicia. Es, además de ignorancia, una gran deuda con una población que no es minoría, que continúa discriminada y en desventaja. Todos los venezolanos están mal pero dentro de ellos, las mujeres siguen llevando la peor parte.

Los derechos y ventajas obtenidas por las mujeres hay que defenderlos a capa y espada porque como dice Simone de Beauvoir, basta una crisis para que los derechos concedidos a las mujeres sea lo primero que desaparezca.

Las opiniones expresadas de los columnistas en los artículos son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan los puntos de vista de Feminismoinc o de la editora.

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