Por: Esther Alfonzo Rivera
“Desde la edad media y hasta el día de hoy, a las mujeres nos siguen quemando como a las brujas, solo que estos hechos han tenido una notoria innovación en las sustancias que utilizan para matarnos o cambiar drásticamente nuestras condiciones de vida”
María Elena Ríos (Sobreviviente a la violencia ácida en México)
Muchas veces escuchamos parejas llamarse “la tóxica” o “el tóxico” caracterizando lo negativo que representa su pareja, una persona celosa, posesiva, controladora, que humilla, insulta y entre otras tantas acciones que pueden exteriorizar lo que esa persona tiene por dentro. Lo realmente preocupante es lo capaz que puede llegar a materializar esa pareja “tóxica” que te acompaña.
Para el diccionario de la Real Academia Española, “tóxico” es venenoso, perjudicial, pernicioso, nocivo, dañino; así tal cual puede resultar un hombre que ataque a una mujer con agentes químicos, como un mecanismo de control, venganza o castigo; sería una demostración de la venganza extrema, del odio hacia la mujer; porque un ataque con agentes químicos materializado por un hombre en perjuicio de una mujer cometido con ese acto de lanzarle, rociarle ácido o una sustancia corrosiva similar en su cuerpo, es con la intención de ocasionarle un daño extremo, desfigurarle el rostro, sus manos, su cuerpo, y hasta con la intención de mutilarla, torturarla y hasta de ocasionarle la muerte.
Hablar de un “amor tóxico” es un ejemplo de un ácido usado para dañar la integridad personal de la mujer, una vez que eres lastimado, es difícil recuperar la apariencia normal de tu piel, pero no es imposible, por lo que al notar determinadas conductas, situaciones que no te generen felicidad, satisfacción, alegría, sino todo lo contrario, tristeza, amargura, infelicidad, es porque una pequeña gota de ese ácido ha rociado tu autoestima, amor propio, y tu felicidad se está corroyendo; la decisión a tiempo de reconocer que se está en una relación que no es sana, donde no tienes el control ni siquiera de pensar con tranquilidad, y estás envuelta de ansiedad, malestar, sufres y no eres feliz; se equipara a esa intervención quirúrgica que te implanta una nueva piel ante la que ha sido afectada por el ácido sulfúrico, nítrico y el hidroclórico.
Las mujeres víctimas de violencia ácida padecen las mismas consecuencias que viven mujeres en una relación “tóxica” ya que son pueden sufrir de ceguera física y sentimental, cicatrices permanentes en cara y cuerpo, aquellas las cicatrices son emocionales y psicológicas, así como dificultades sociales, psicológicas y económicas; ya que una mujer en una relación tóxica no puede ni tiene el control sobre sí misma, es impedida de relacionarse con su entorno, amigos, compañeros de trabajo y hasta con sus propios familiares; una mujer víctima de violencia ácida no puede trabajar porque está impedida físicamente por las lesiones, lo que vive una mujer en una relación tóxica porque le prohíben hasta poder trabajar, y se limita su libertad financiera, encerrada en una burbuja de toxicidad disfrazada de amor.
¿Qué sucede cuando el rostro de una mujer es desfigurado por un agente químico? ¿Puede ser considerado un acto de violencia extrema?
La violencia ácida ocasiona daño físico irreversible, porque lastima, altera y/o causa alguna discapacidad mediante la acción de arrojar ácido, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que pueda provocar o no lesiones en órganos internos, externos o ambos.
Las mujeres víctimas de violencia ácida, esas mujeres que reciben ataques con ácidos y otras sustancias corrosivas las marcan de por vida; ya que les deja su rostro desfigurado, la piel con los efectos del ácido, el cuerpo recibe la toxicidad del amor que corroe dejando una mujer víctima del ácido de los celos y del odio que lastimosamente para ella le deja una marca imborrable y hasta insuperable como el drama que le ha tocado vivir.
Por ende estas mujeres ven vulnerados sus derechos después de un ataque con ácido, ya que se les quebranta su derecho a la salud al no recibir la atención idónea y especializada en el momento de asistir al centro hospitalario; así como su derecho a la protección a su integridad personal; es vulnerado su derecho al trabajo, la mayoría de víctimas pierden el empleo, se ven imposibilitadas de asistir a su jornada laboral y se le hace difícil encontrar un empleo debido a la apariencia física después de ser atacada con ácido. Y uno de los derechos que se ve más menoscabado es el del acceso a la justicia, ya que muchas veces las autoridades no reciben la debida atención ni la respuesta oportuna ante la justicia que busca.
Muchas mujeres en el mundo han sido víctimas de violencia ácida, muchas han padecido vivir en su carne el odio de quien arroja sobre ella alguna sustancia química que produce su desfiguración y hasta su discapacidad; mujeres que no han recibido la respuesta oportuna por parte del Estado, debido a que este tipo de violencia es considerada como una forma de violencia física y no toma en consideración las graves consecuencias a la integridad personal de la mujer afectada, y la verdadera intencionalidad del victimario.
Ante esta situación marca la pauta que este 08 de febrero de 2024, fue aprobada en la Ciudad de México dos reformas legislativas sumamente importantes para las Mujeres en México; la reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de México, y la reforma al Código Penal Mexicano; estas reformas se deben al impulso de las mujeres mexicanas activistas de la “Ley Malena” o la “Ley Ácida”.
Es importante destacar que esta ley tuvo el impulso de diputadas mexicanas, mujeres que expusieron ante el Congreso Mexicano la necesidad de tipificar como un delito autónomo la violencia ácida, y que no continuara siendo concebida como una forma de violencia física en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de México; destacando que el impulso a estas reformas en el Código Penal mexicano, no sólo fue en atención a las mujeres víctimas de violencia ácida, sino a todos aquellos que puedan ser víctimas y ampararse a las disposiciones del Código Penal Mexicano; de allí la importancia de tener legisladoras en el seno del Poder Legislativo, mujeres que legislen en aras de la protección de los derechos de las mujeres, siempre con igualdad y equidad.
Antecedentes a la tipificación de la Violencia Ácida en Latinoamérica
En México
Caso Carmen Sánchez
En México, el 20 de febrero del año 2014, Carmen fue atacada con ácido por su ex pareja. Efrén, su expareja llegó a su domicilio tras una separación, arrojándole la sustancia y causando fuertes lesiones en su piel. Su familia la auxilió y decidió llevarla a un hospital, pero ella asegura que los médicos no contaban con protocolos para atender las heridas ocasionadas por el ácido. El 6 de mayo de 2021, siete años después, Efrén, fue detenido por las autoridades y el 8 del mismo mes, vinculado a proceso por feminicidio en grado de tentativa.
Ha sido tanto el impulso de Carmen, en búsqueda de la verdadera justicia que su agresor fue condenado en el año 2023, nueve años después de su agresión, cuando una Jueza del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México condenó a Efrén García a cumplir la pena de 46 años y 8 meses de prisión por cometer un feminicidio en grado de tentativa en perjuicio de Carmen Sánchez. Esta es la primera sentencia ejemplar en un caso de ataque con ácido, fuego o sustancias corrosivas en México y América Latina. Se realizaron diversos peritajes bajo investigación de perspectiva de género para demostrar que las lesiones causadas por la sustancia tenían el objeto de asesinarla.
Caso María Elena Ríos – Orígenes de la Lay Malena
En septiembre del año 2019, la ciudadana María Elena Ríos, una mujer apasionada por la música ya que es saxofonista, fue víctima de un ataque con ácido que le ocasionó quemaduras en el 90% de su cuerpo que requirió estar hospitalizada por durante cinco meses, este lamentable hecho tuvo como autor intelectual a su expareja Juan Antonio Vera Carrizal, ex diputado; y tuvo como autores materiales a dos hombres que fueron aprehendidos por rociar a María Elena con un líquido corrosivo. María Elena Ríos o Malena como es conocida, impulsó en conjunto con otras mujeres víctimas de violencia ácida, la tipificación como delito autónomo y no como una manera más de violencia física.
Es importante destacar que en septiembre del año 2022, la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para incluir la violencia acida dentro de las agresiones físicas, pero estas aun no eran señaladas como intento de feminicidio como lo propone la Ley Malena.
Ahora bien, la lucha e impulso de este grupo de mujeres víctimas de violencia ácida, así como de quiénes las apoyaron, se hizo posible en México la Ley Malena, y esta es la legislación más avanzada de Latinoamérica que tipifica la violencia ácida: porque además es significativo que esta ley haya sido aprobada con 42 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, se aprobó con unanimidad absoluta la Ley Malena, donde se reconoce la violencia ácida, es decir que los ataques con químicos y corrosivos son considerados como violencia ácida, en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y se tipifica como tentativa de feminicidio en el Código Penal castigándolo con pena de hasta con 30 años de prisión. Estas reformas también protegen a todas las mujeres, incluyendo a las transgéneros; de igual manera se le ordena al Ministerio de Salud crear el registro de agresiones por violencia ácida.
El objetivo de la Ley Malena es hacer justicia a las mujeres víctimas de violencia por ácido, dejar de lado la impunidad y garantizar la reparación del daño a la víctima por parte del Estado; en fin, garantizar el acceso a la justicia y la reparación del daño para las mujeres víctimas de violencia ácida; ya que una mujer que es víctima en su integridad física de un ataque con ácido no sólo padece de heridas visibles en la piel, puede perder la visión, sus cabellos, la funcionalidad de sus miembros superiores o inferiores, dependiendo del parea anatómica comprometida; sumado a esto, destruye el entorno de la víctima a nivel profesional, psicológico, emocional, laboral, de allí que el ácido no sólo le quema la piel, le corroe las emociones, sentimientos, corazón, alma, su autoestima debido al aspecto físico posterior al ataque con ácido es quebrantada.
La Ley Malena es una reforma realizada recientemente a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, siendo su principal objetivo es penalizar los ataques de ácido con perspectiva de género y catalogarlos como ataques infundados por razones de género; siendo un avance en la administración de justicia mexicana, ya que este cambio constituye un avance en el juzgamiento con perspectiva de género.
En Colombia.
Caso Yolima Sánchez
Muchas mujeres han sido víctimas de violencia ácida, una de ellas es Yolima Sánchez, quien fue atacada el 19 de enero de 2014 por un hombre desconocido en la puerta de su casa en Cali, Valle del Cauca; teniendo como consecuencia que el 30% de su cuerpo resultó quemado, con lesiones tan graves como la pérdida de su ojo derecho.
Caso Natalia Ponce – Orígenes de la Ley 1773
Se le suma a ese registro el del 27 de marzo de 2014, cuando Jonathan Vega, un hombre que se obsesionó con Natalia Ponce de León se presentó en el edificio en el que ella vivía en Bogotá, y con premeditación en lo que haría, dio un nombre distinto haciéndose pasar por otra persona para que ella saliera a saludarlo, y cuando fue así, este victimario le lanzó un litro de ácido sulfúrico encima con el que le quemó la cara, los brazos, una pierna y medio abdomen. Ha sido uno de los casos con mayor impacto de violencia ácida. Esto impulsó a Natalia a luchar desde el momento mismo en el que su piel, su vida, su alegría, se cayeron a pedazos, tanto que a su movimiento se unieron otras mujeres e hicieron posible que se promulgara en Colombia la Ley 1773 del año 2016, conocida como Ley Natalia Ponce.
Esto ha marcado un antes y un después, ya que partir de esa ley los ataques con ácido son considerados en Colombia un delito y no una lesión personal como era considerado antes de la esta ley, y este delito tiene un pena de condena de 30 a 40 años.
La violencia ácida también ha sido visualizada en la categoría de Mejor Documental Corto de los Premios de la Academia por un film de Pakistán sobre la violencia con ácido. Saving Face (Protegiendo la cara) de los directores Sharmeen Obaid Chinoy y Daniel Junge donde siguen el trabajo de un cirujano británico pakistaní en la Fundación de Supervivientes del Ácido (ASF por sus siglas en inglés), que ofrece cirugías gratis y apoyo a las víctimas de ataques con ácidos. También investiga el modo holístico en el que ASF-Pakistán ha estado trabajando para empoderar a la mujer pakistaní y erradicar la violencia con ácido con el apoyo de ONU Mujeres, entre otros socios y donantes.
La Organización de las Naciones Unidas ha recomendado como buenas prácticas en la legislación de los países, que se debe definir el ataque con ácido como toda agresión cometida mediante el uso de ácido, independientemente de las razones que motivaron el ataque; y destaca que todo marco jurídico debe contemplar sanciones para aquellas personas que colaboran con dicha práctica nociva, así como aumentar las penas en caso de que la víctima llegara a fallecer como consecuencia directa del ataque.
El acto de atacar a una mujer con ácido es la representación de odio, es la mayor demostración de desprecio, de aberración a la mujer, atacar a la mujer con ácido es con el conocimiento de los resultados en la integridad física, psicológica y moral de las mujeres; es hacerlo con la certeza que el daño que está ocasionando es irreversible en su apariencia, queriendo acabar con la belleza exterior, desconociendo la fuerza y valentía de las mujeres y la belleza interna que le permite florecer de nuevo.
«El miedo de la mujer a la violencia del hombre
es el espejo del miedo del hombre a la mujer sin miedo”
Eduardo Galeano
Esther Alfonzo: Abogada (Universidad de Margarita). MSc. Criminalística (Instituto Universitario de Policía Científica). MSc. Derecho Penal y Criminología (Universidad Bicentenaria de Aragua). Doctorando en Ciencias Penales y Criminalísticas (Universidad Católica Santa Rosa- Universidad de Margarita). Abogada Litigante. Profesora Universitaria (UNIMAR, UNES). Email: estheralfonzor.abg@gmail.com – IG: @estheralfonzor.abg
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Foto razon.com.mx