Cuando algún medio publica una noticia sobre el asesinato de una mujer, es normal leer y escuchar discusiones que se van dando en torno al uso de los términos femicidio/feminicidio. Discusiones que van desde interpretaciones jurídicas hechas por abogados con experiencia en el área penal, pasando por periodistas de sucesos, hasta personas que lo único que conocen del tema son fragmentos que se leen en Wikipedia sobre aquella definición de “femicide” de Diane Russell.
Las discusiones abarcan no solo preguntas a quienes sí saben y correcciones a quien da la noticia, sino la burla y la ridiculización constante. Ridiculización que se ha llevado a cabo incluso desde instancias gubernamentales y medios de comunicación. Un ejemplo emblemático lo recoge la abogada chilena Patsilí Toledo en su libro “Femicidio/Feminicidio” (2012), en el que una autoridad mexicana, al preguntársele sobre una serie de feminicidios que venían ocurriendo en México, hizo mofa del término al partir un lápiz que traía consigo señalando que, si en el caso de mujeres asesinadas debía usar la palabra “feminicidio”, aquello debía tratarse entonces de un “lapicidio”.
Desde la primera vez que la socióloga Diane Russell acuñó el término “femicide” en un artículo que se tituló “Femicide: Speaking the unspeakable”, en el que visibilizaba la violencia en contra de las mujeres en Estados Unidos, el concepto ha evolucionado; y a partir de la adopción por parte del activismo feminista latinoamericano y la consecuente traducción del término al español, ha sido extenso el debate que se ha generado a nivel académico en las últimas décadas, encontrando en las voces femicidio y feminicidio, instrumentos conceptuales que desde el punto de vista social y político, han servido para hacer visible la casuística particular de este crimen en América Latina.
Adicionalmente, utilizar un tipo penal feminizado, tiene, además de un efecto preventivo, un efecto político criminal que en palabras de la catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Málaga, Patricia Laurenzo Copello, es el más buscado por las partidarias de esta tipificación, porque “se apela al fuerte poder simbólico del derecho penal para concienciar a la sociedad sobre la gravedad singular de unos crímenes que en buena medida permanecen ocultos tras pautas culturales todavía muy arraigadas que favorecen su impunidad y dejan a las víctimas en situación de total desprotección”.
Una de esas pautas culturales es la creencia – que tanto cuesta aceptar – de que la mujer es objeto, cosa propiedad del hombre. Eso que los medios disfrazan con las palabras “celos” y “pasión” para circunscribirlo a la esfera privada de la pareja, es en realidad un sentido de pertenencia que tiene el hombre sobre la mujer.
Pero ¿qué son el femicidio y el feminicidio?
Ambos crímenes se refieren al asesinato de una mujer por razones de género y el elemento diferenciador entre uno y otro, es la impunidad derivada de la grave negligencia por parte de los sistemas de justicia penal. El femicidio excluye la participación del estado y el feminicidio, la incluye.
Venezuela es de los países que acoge el término femicidio y así ha quedado estipulado en el artículo 57 de la LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA:
El que intencionalmente cause la muerte de una mujer motivado por odio o desprecio hacia su condición de mujer, incurre en el delito de femicidio, que será sancionado con penas de 20 a 25 años de prisión. Se considera odio o desprecio a la condición de mujer cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias:
1.En el contexto de relaciones de dominación y subordinación basadas en el género.
2.La víctima presenta signos de violencia sexual.
3.La víctima presenta lesiones o mutilaciones degradantes o difamantes previas o posteriores a su muerte.
4.El cadáver de la víctima haya sido expuesto o exhibido en lugar público.
5.El autor se haya aprovechado de las condiciones de riesgo o vulnerabilidad física o psicológica en que se encontraba la mujer.
6.Se demuestre que hubo algún antecedente de violencia contra la mujer en cualquiera de las formas establecidas en esta Ley, denunciada o no por la víctima.
Por ser considerado un delito contra los derechos humanos, quien fuere sancionado por el delito de femicidio no tendrá derecho a gozar de los beneficios procesales de ley ni a la aplicación de medidas alternativas de cumplimiento de la pena.
Con respecto al feminicidio, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio de México, organización que agrupa a decenas de organizaciones de derechos humanos de varios estados mexicanos, lo ha definido de la siguiente manera:
“…asesinatos de mujeres que resultan de la violencia ejercida contra ellas por su condición de género. Es decir, se trata de asesinatos violentos de mujeres cometidos por la misoginia, la discriminación y el odio hacia este género, donde familiares o desconocidos realizan actos de extrema brutalidad sobre los cuerpos de las víctimas, en un contexto de permisividad del Estado quien, por acción y omisión, no cumple con su obligación de garantizar la vida y la seguridad de las mujeres.” (2010)
Además de la ridiculización que gira en torno a la palabra en sí, por ser femenina – obviando olímpicamente que otros delitos tienen nombres propios – está la resistencia a reconocer su sustrato: la misoginia. Nos cuesta admitir que nos hemos desenvuelto durante años en una sociedad que discrimina estructural y sistemáticamente a la mujer que, desde siempre, ha estado llamada a cumplir un rol dentro de la misma, dentro del hogar y con respecto al hombre. Un rasgo tan perpetuado en el tiempo que aún hoy, nos luce imperceptible.
El argumento de quienes se oponen con tanta tenacidad gravita alrededor de los avances que se han obtenido a lo largo de nuestras luchas. El acceso a la educación, al voto, al divorcio, a adquirir propiedades y a abrir cuentas bancarias sin la autorización de un esposo son logros innegables, vergonzoso que respondan a una lucha ardua, pero logros al fin. Sin embargo, simultáneamente la violencia hacia la mujer ha aumentado en cifras alarmantes y junto con ella, una crueldad exacerbada, no solo en países que viven una permanente situación de reproducción de la violencia y de pobreza como México, Guatemala, Honduras, El Salvador y actualmente, a raíz de una crisis sin precedentes, Venezuela, sino en países desarrollados como España.
Un asunto de estadísticas
Cada vez que alguien siente que, esa vehemencia con la que los feminismos pretenden que se hable abiertamente de femicidios/feminicidios, se debe a una competencia por ser el género más victimizado, me pregunto si sentirían la misma aversión si se tratase de una vehemencia en la lucha por visibilizar el auge de la violencia pandillera en Estados Unidos y cómo afecta de manera diferenciada a la comunidad hispana en ese país.
De acuerdo con las Estadísticas Sanitarias Mundiales publicadas por la Organización Mundial de la Salud en el año 2019, mueren más hombres a causa de homicidios que mujeres y ese no es un dato rebatible o que pretenda invisibilizarse. No obstante, las mujeres son las principales afectadas por la criminalidad sexual y familiar; y siendo la familia el núcleo de la sociedad y la mujer parte de ella, ¿no debería preocupar?, ¿Cómo puede un estado establecer políticas educativas y de prevención sin estadísticas?, ¿Cómo establecer estadísticas sin el desglose por crimen, por región y por contextos sociales, económicos y culturales?
Generar un cambio en nuestras creencias
“Las creencias son certezas internas que fuimos construyendo desde la infancia y que nos pasan desapercibidas porque son aceptadas por la comunidad o la sociedad a la que pertenecemos”, dice la escritora argentina Jorgelina Albano en su libro “Los Zapatos Rojos son de Puta” (2019) y que, para mirar desde una perspectiva más amplia y adaptarnos a cambios necesarios en esas creencias, “necesitamos una masa crítica que esté dispuesta a cambiar individualmente para que nuestras hijas y nuestros hijos tengan esta mirada”.
Sin necesidad de que seamos activistas, reflexionar sobre el porqué en las últimas décadas han aumentado las cifras de femicidios/feminicidios y cómo podemos incidir en cambiar esta realidad, es un grano de arena a ese cambio de perspectiva.
La resistencia y ridiculización del uso de estos neologismos no solo nos impide internalizar que los delitos deben estudiarse de manera diferenciada según cada contexto para prevenirlos, sino que es una forma simbólica de ridiculizar a cada víctima y a cada familia que pierde a una madre, a una hermana, a una hija. La violencia contra la mujer es un problema de todos, no solo de las feministas, ni de la mujer que escoge una pareja que desde siempre ha mostrado rasgos violentos, ni de la joven salvadoreña que ha “decidido” incursionar en el crimen pandillero y que luego es desechada tras ser violada por todo el grupo y abandonado su cuerpo mutilado con un cartel que dice “Puta”.
Para que todos abracemos una lucha que comienza por aceptarnos como seres humanos que tienen relaciones horizontales entre sí, hay que dejar de ver una competencia donde no la hay. Como decía Victoria Ocampo, citada por Jorgelina Albano: “Las mujeres no queremos ocupar el puesto de los hombres, sino por entero el nuestro”.
Ilustración: Diego Corrales
Comment (1)
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Comparto la intención de ir abonando en un tema polémico